SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0754/2016-S3

Fecha: 29-Jun-2016

contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir

         En ese mismo sentido, el art. 51 del Código Procesal Constitucional (CPCo) establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tiene el objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir” (las negrillas y el subrayado nos corresponden).

         Normativa constitucional que encierra la esencia y especialidad de la acción de amparo constitucional, constituyendo un mecanismo de defensa de carácter extraordinario y sumarísimo, que fue instituido por el legislador constituyente, con la finalidad de reparar o restablecer derechos y/o garantías vulnerados.