AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2016-CA

Fecha: 28-Jul-2016

Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de El Alto del departamento de La Paz

En consulta la Resolución 170/2016 de 7 de julio, cursante de fs. 64 a 65 vta., pronunciada por la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de El Alto del departamento de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Matías Lucio Chacón Coronado, Administrador a.i. de la Regional La Paz de la Caja Nacional de Salud (CNS), demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Adicional Única de la Ley de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia -Ley 475 de 30 de diciembre de 2013-, por ser presuntamente contraria a los arts. 18, 36.I, 45.I,II y III, 123 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 3 y 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, I y XVI de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.