DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2016
Fecha: 26-Jul-2016
II.2.
II.2. El 27 de junio de 2016, Policarpio Gonzales Lovera, en su condición de Presidente del Órgano Legislativo del Gobierno Autónomo Municipal de Malla, mediante memorial solicitó al TSE lo siguiente: convocatoria a referendo para la aprobación de su Carta Orgánica Municipal y la elaboración del informe técnico de la pregunta de referendo aprobatorio por parte del SIFDE, cuyo texto es el siguiente: ¿ESTA USTED DE ACUERDO CON APROBAR LA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL DE MALLA?; Si-No; y una vez aprobado el informe técnico de evaluación de la pregunta de referendo aprobatorio, pidió remitir la pregunta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para fines de control previo de constitucionalidad, conforme el procedimiento de consulta sobre la constitucionalidad de la pregunta de referendo establecido en el art. 120 y ss. del CPCo (fs. 1 a 2).
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE MALLA? SI-NO, pues se verificó técnicamente que fue formulada en términos claros, precisos e imparciales,
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- a)
- mecanismo de
- en tanto no se pronuncie
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE MALLA? SI-NO
- CONSTITUCIONALIDAD