DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2016

Fecha: 29-Jul-2016

1)

De lo glosado se concluye que la entrada en vigencia de la Carta Orgánica Municipal precisa de los siguientes pasos: 1) Un proceso participativo para su elaboración; 2) Aprobación por dos tercios del órgano legislativo subnacional correspondiente; 3) Control previo de constitucionalidad de sus contenidos ejercido por el Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 4) La realización de Referendo aprobatorio en su jurisdicción, constituyéndose éste en el último paso procedimental que le otorgara vigencia. En ese sentido, las preguntas de referendo deben obligatoriamente someterse a control previo de constitucionalidad (arts. 121 y 122 del CPCo).