Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2016
Fecha: 29-Jul-2016
CONSTITUCIONALIDAD
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 127.I del Código Procesal Constitucional, resuelve, declarar: La CONSTITUCIONALIDAD del texto de la pregunta de referendo: “¿ESTA USTED DE ACUERDO CON LA APROBACION Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTONOMO DE CUATRO CAÑADAS? SI – NO”, presentada por Katia Verónica Uriona Gamarra, Presidenta del Tribunal Supremo Electoral a solicitud del Presidente del Gobierno Autónomo Municipal de Cuatro Cañadas, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz.
- consulta sobre la constitucionalidad de
- a)
- II.1
- II
- II.3
- II.4
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 1)
- Fragmento 9
- hasta tanto no se pronuncie
- “si”
- ¿ESTA USTED DE ACUERDO CON LA APROBACION Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTONOMO DE CUATRO CAÑADAS? SI – NO
- CONSTITUCIONALIDAD