Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2016
Fecha: 29-Jul-2016
II. 4
II. 4. La referida Resolución TSE-RSP–Nro. 258/2016, en uno de sus considerando establece que corresponde al TSE la activación del procedimiento constitucional de consulta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para los fines dispuestos en el art. 121 y siguientes del CPCo (fs. 44 a 46).
- consulta
- a)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2
- II.3.
- II. 4
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 1)
- mecanismo de
- en tanto no se pronuncie
- “si”
- compatible
- con autonomías
- CONSTITUCIONALIDAD