DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2016
Fecha: 29-Jul-2016
“si”
Al respecto y como anteriormente en casos similares en consultas de constitucionalidad sobre preguntas de referendo aprobatorio de Estatutos autonómicos y Cartas Orgánicas, este Tribunal señalo que se trata de una pregunta breve, clara, concreta, cerrada, directa y precisa, dirigida a obtener una respuesta de las mismas características, resumida en un “si” o “no”, que no admite diferente interpretación, de donde, técnicamente, se encuentra adecuadamente formulada. Asimismo, cabe recordar que tomando en cuenta que el objeto principal del control previo sobre la constitucionalidad de las preguntas para referendo, es el de confrontar el texto o contenido literal de la pregunta con la Constitución Política del Estado, para determinar su compatibilidad o no y garantizar la constitucionalidad de las preguntas que se elaboren para referendos nacionales, departamentales o municipales, mediante una declaración constitucional, estableciendo su constitucionalidad o inconstitucionalidad; es preciso reiterar que en el caso presente, la consulta fue planteada por la Presidenta del Tribunal Supremo Electoral, autoridad legitimada conforme a lo previsto en el art. 123 del CPCo, a solicitud de la autoridad municipal competente, dirigida a obtener una respuesta en forma positiva o negativa, puesto que la voluntad del pueblo -asimilable a la iniciativa popular- fue plasmada en la elaboración del proyecto de carta orgánica la cual al ser declarada compatible con la Constitución Política del Estado, no merece ningún otro procedimiento previo salvo el referéndum para su puesta en vigencia, pues los derechos constitucionales de toda una comunidad deben ser materializados bajo la óptica de la legalidad pero también de la favorabilidad y celeridad en el acceso a la justicia y al proceso autonómico.
- consulta
- a)
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2
- II.3.
- II. 4
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- 1)
- mecanismo de
- en tanto no se pronuncie
- “si”
- compatible
- con autonomías
- CONSTITUCIONALIDAD