DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2016
Fecha: 29-Jul-2016
dirección del proceso, impulso de oficio, celeridad y no formalismo,
En ese contexto, si bien las consultas para el correspondiente control previo de constitucionalidad de preguntas de referendo llegan a esta jurisdicción constitucional a través de una autoridad que no cuenta con la legitimación activa para ese cometido; sin embargo, teniendo en cuenta el principio de supremacía de la verdad material sobre lo formal, establecido en el art. 180.I de la CPE y los principios procesales de la justicia constitucional de dirección del proceso, impulso de oficio, celeridad y no formalismo, entre otros, establecidos en el art. 3 del CPCo, que sustentan y rigen la labor de impartir justicia constitucional, y con la finalidad de garantizar el derecho a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, tal como prevé el art. 115.II de la CPE y dada la necesidad histórica de materialización institucional del Estado Plurinacional Comunitario y con autonomías establecidas en el art. 1 de la Norma Suprema, es pertinente, en la vía excepcional, dar por cumplido el procedimiento establecido en el art. 121 y siguientes del CPCo, para que el Tribunal Constitucional Plurinacional, realice el control constitucional de la misma, debiendo en lo posterior adecuarse la solicitud de activación de la consulta referida, al procedimiento constitucional establecido.
- constitucionalidad de pregunta para referendo
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE PUERTO VILLARROEL? SI-NO
- previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- a)
- por medio
- en tanto no se pronuncie
- Fragmento 7
- “si”
- “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ALTO BENI? SI-NO”
- III.5. Principios procesales de la justicia constitucional
- dirección del proceso, impulso de oficio, celeridad y no formalismo,
- compatible
- con autonomías
- CONSTITUCIONALIDAD