SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0646/2016-S2

Fecha: 28-Jul-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 4 de septiembre de 2015, fue investigada por un supuesto delito de hurto de dos monitores (equipos médicos) que fueron recepcionados por la Caja Nacional de Salud (CNS) el 25 de junio del 2015, siendo así, que varios dependientes de la misma institución asistieron a la FELCC en calidad de testigos por dicha perdida.

Sin embargo, grande fue su sorpresa cuando el 12 del mismo mes y año, fue aprehendida por el supuesto delito de robo agravado, cuando la ley señala en los arts. 332 con relación al 331 del Código Penal (CP): “El que se apoderare de una cosa mueble ajena, con fuerza en la cosa o con violencia o intimidación en las personas” e inc. 2) del art. 332 del mismo Código establece: “Si fuera cometido por dos o más personas la pena será de 3 a 10 años”, por lo que recurre a la presente acción contra las autoridades ahora demandadas a objeto de que el Tribunal de garantías repare no solo los derechos y garantías que fueron vulnerados, sino se resguarde una correcta administración de justicia.