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    AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2016-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0184/2016-CA

    Fecha: 03-Ago-2016

    IMPROCEDENCIA

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 146.1 del Código Procesal Constitucional; dispone la: IMPROCEDENCIA del recurso directo de nulidad interpuesto por Farida Brígida Velasco Alcoser, Beatríz Cortez Vásquez, Osvaldo Fernández Quispe, Reynaldo Freddy Sangueza Ortuño y José Luis Choque Navía, todos Vocales del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • I.3. Petitorio
    • Fragmento 5
    • II.2. Improcedencia del recurso directo de nulidad por supuestas infracciones al debido proceso
    • Por lo expuesto, corresponde unificar al juez natural y su tutela a través de la acción de amparo constitucional de forma que en los procesos judiciales y administrativos todo acto sin competencia o jurisdicción que puedan afectar al juez competente como elemento del juez natural debe tutelarse por los recursos ordinarios previstos por el legislador y agotados los mismos, siempre y cuando exista vulneración a derechos y garantías mediante acción de amparo constitucional y no por el recurso directo de nulidad,
    • II.
    • Supuestas infracciones al debido proceso
    • IMPROCEDENCIA

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