Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2016-O
Fecha: 24-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Al efecto, la problemática planteada se circunscribe a la queja emergente de que el Juez de garantías habría ordenado la devolución del salón de reuniones al demandado Iver Salazar Rodríguez y condenó a los accionantes al pago de las costas procesales, siendo que la SCP 1420/2015-S2, que revocó la concesión de la tutela, no tiene dispuesto dichos extremos.