Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016
Fecha: 02-Ago-2016
“Artículo 64. Patrimonio Municipal.
Son de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de san Lucas, los bienes muebles, inmuebles, derechos y otros relacionados que le son atribuidos en el marco del proceso de asignación competencial previsto en la constitución política del estado y la Ley Marco de Autonomías y descentralización, correspondiendo al Gobierno Autónomo Municipal el registro ante las instancias asignadas por la normativa vigente”.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. Sobre las adecuaciones en el control de constitucionalidad
- III.2. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad
- incompatibilidad
- 14.
- Fragmento 8
- “Artículo 64. Patrimonio Municipal.
- “Artículo 93. Previsiones para Desconcentrarse Administrativamente.
- Entendimiento
- 4º