DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2016

Fecha: 02-Ago-2016

incompatibilidad

El citado artículo fue declarado incompatible puesto que no se adecuaba a la previsión contenida en el art. 236.I de la CPE. En el reingreso tenemos que dicha situación aún se mantiene, no habiendo realizado el estatuyente una correcta subsunción de la normativa analizada a lo indicado por el art. 236 de la CPE. Por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de la adecuación del art. 34 del proyecto de Norma Básica, debiendo adecuarse este en lo pertinente.

El numeral 13 (ahora 9) fue declarado incompatible puesto que no preveía la coordinación con los niveles dispuesta por el art. 302.I.6 de la CPE. En el presente caso, tenemos que en el reingreso dicha situación aún no ha sido superada, dado que el estatuyente inserta una redacción ambigua que omite pronunciarse respecto a los niveles de gobierno con los cuales corresponde efectuar dicha coordinación, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de la adecuación del art. 35.9 del proyecto de Norma Básica, debiendo adecuarse en lo pertinente.