Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.5.
II.5. El 15 de marzo de 2016, el accionante presentó memorial indicando que: a) Hace dos años que no vive en Riberalta sino en Cobija; b) Se dejó una notificación en su anterior domicilio que le ocasionó indefensión, por lo que la misma debió hacerse mediante comisión, en vista de lo cual pidió la nulidad de dicha actuación; c) El Actuario del Juzgado no puso en conocimiento del Juez ahora demandado, el depósito de la anterior liquidación, encontrándose el mismo en Banco Unión S.A.; y, d) Adjuntó comprobante de pago parcial (fs. 299).