Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2016-S1
Fecha: 02-Ago-2016
II.1.
II.1. Cursa informe de intervención policial preventiva de acción directa de 13 de abril de 2016; a través del cual, Adolfo Limberth Copa Nina y Segundo Néstor Pinto Yanarico, funcionarios policiales de la FELCC –ahora demandados–, refirieron que a denuncia de Rubén Cadena Quispe, en sentido de que Luis Fernando Tórrez Rodríguez –ahora accionante– estaría trabajando en el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz en calidad de Auditor Financiero sin ser profesional, se apersonaron a su fuente laboral para preguntarle sus datos personales y conducirlo a oficinas de la FELCC; quien voluntariamente accedió acompañarlos (fs. 12 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2.
- III.3. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- ii) Cuando, existiendo dicha vinculación, no se ha informado al juez cautelar sobre el inicio de las investigaciones, no obstante haber transcurrido los plazos establecidos para el efecto en el Código de procedimiento penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR