SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

a)

La accionante a través de su abogado, en audiencia ratificó in extenso los términos de su demanda y ampliándolos refirió que: a) El despido se produjo por un supuesto preaviso, el cual fue negado en plena vigencia de la SCP “1262/2013 de 1 de agosto”, que determina que todos los preavisos que hayan sido negados de manera escrita quedan nulos de pleno derecho; b) La parte demandada en la audiencia de reincorporación alegó un sin número de faltas, negligencias y mal trabajo de la accionante, los cuales no fueron demostrados; y, c) El Tribunal Supremo de Justicia de manera extensa en el Auto “013/2013”, determinó que las llamadas de atención tienen que estar acompañadas y debidamente respaldadas de prueba fehaciente, las cuales deben ser recepcionadas por el trabajador o dos testigos idóneos, en el caso presente no existen ninguna de esas situaciones.