Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
II.2.
II.2. Por Memorandum DTH-JL/009/15 de Preaviso L-3506040203 de 28 de septiembre de 2015, emitido por Marcelo Plata Ticona, Director Talento Humano a.i., del Gobierno Municipal Autónomo de El Alto, se comunica al ahora accionante, que a partir del 29 de diciembre de 2015 se prescindiría de sus servicios en el cargo Técnico Administrativo VI de la Unidad de Calidad Ambiental (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Carmen Soledad Chapetón Tancara
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo