SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2016-S1

Fecha: 25-Ago-2016

a)

Rafael Ángel Gómez Hoch, tercero interesado, por intermedio de su apoderado y abogado, en audiencia manifestó que: a) Inició proceso coactivo en contra de la accionante, notificándose en el domicilio ubicado en “Hans Grether N. 85” (sic), mismo que cursa en la demanda como domicilio real de los demandados al igual que en el contrato de préstamo; y a efecto de poner en conocimiento a los demandados, el 27 de junio de 2011, se constituyeron con la oficial de diligencias al domicilio señalado, citando y emplazando con la demanda y la Sentencia coactiva; por lo que no es posible la aplicación del art. 121 del CPCabrg, dado que se puso en conocimiento de forma personal la precitada demanda y Sentencia; b) Al momento de la citación con la demanda coactiva se tiene el plazo de cinco días para interponer excepciones, sin que conste que Juan José Rendón Rojas, codemandado en dicho proceso, hubiera presentado alguna; habiendo realizado la apertura de una cuenta bancaria haciendo veintiún depósitos como forma de pago en favor del acreedor,  el primero a cuarenta y ocho horas de su legal citación,  lo que demuestra que la citación cumplió su finalidad; c) La acción tutelar que se pretende, es reiterativa, puesto que la impetrante de tutela, planteó siete incidentes de nulidad, la mayoría cuestionando las distintas notificaciones; usando como estrategia legal, el constante cambio de abogados, a objeto de llevar a desorientación a los oficiales de diligencias que suman más de cinco en el transcurso del proceso; y, d) No se vulneró ningún derecho o principio de la Norma Suprema obrándose conforme a la jurisprudencia constitucional, por lo que deberá denegarse la tutela.