Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
II.
II.2. Por Informe de 24 de marzo de 2016, el funcionario policial Simón Yujra Quispe, comunicó al hoy demandado que en cumplimiento del memorando “027/2016” se procedió al inicio del sumario investigativo disciplinario, llevándose a cabo una entrevista al ahora accionante y Leonardo Rivera Gaspar, concluyendo que: “…es evidente la comisión de una infracción (…) por ocasionar, Riñas y peleas en la lorera del bloque C falta cometida el 13 DE Marzo de 2016” (sic [fs. 16]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR