Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
II.3.
II.3. Cursa proveído de 19 de abril de 2016, emitido por Zullma Raiza García Basualdo, Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia, de La Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Arani del departamento de Cochabamba -ahora demandada-, disponiendo que: “En merito a lo informado por Secretaria en sentido de que no se hubiera procedido a proveer recaudos de ley, a los fines de evitar dilaciones dentro del presente proceso, se dispone que en el día se remitan los antecedentes con recursos propios de la suscrita Juez…” (sic) (fs. 19 vta.).
- acción de libertad
- EL ACTA DE AUDIENCIA NO ESTA LISTO Y QUE VUELVAN
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- por lo que las partes procesales no tienen la obligación de proveer dichos recaudos para la continuidad del proceso
- REVOCAR