SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, el 27 de febrero de 2016, fue sometido a un procedimiento abreviado, en el cual el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, dictó Sentencia condenatoria de tres años de prisión.
La recepción de la declaración informativa policial sin intérprete derivó en una imputación formal, dado que durante el desarrollo del proceso en ningún momento se tuvo la intervención de un intérprete o traductor que le hicieran comprender los hechos y los alcances de cada una de las actuaciones contra su persona, circunstancias que dieron lugar a que se dicte una Sentencia condenatoria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR