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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2016-S3

    Fecha: 19-Ago-2016

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 025/2016 de 28 de abril, cursante de fs. 9 a 11, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Marco Antonio Aramayo Caballero contra Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza Primera de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del departamento de La Paz.

    • acción de libertad
    • I.1. Contenido de la demanda
    • I.1.3. Petitorio
    • denegó
    • III.
    • III.1.  Alcance de la acción de libertad para conocer irregularidades del debido proceso
    • para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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