SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

denegó

El Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 025/2016 de 28 de abril, cursante de fs. 9 a 11, denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: a) Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales “903/2015, 423/2015 y 218/2015” y los criterios jurisprudenciales, indican que no todas las lesiones al debido proceso son tutelables por medio de la acción de libertad, a no ser que se presenten de manera concurrentes los siguientes presupuestos: primero que el acto ilegal esté vinculado directamente con la libertad y segundo que exista estado absoluto de indefensión; b) El hecho que la Jueza demandada no haya tramitado y resuelto el incidente de acumulación de procesos por conexitud, no constituye causa directa de la privación de su libertad; y, c) La acción de libertad se rige por el principio de certeza y el accionante debió demostrar de manera objetiva y fehaciente que la autoridad ahora demandada conculcó directamente su derecho a la libertad, lo cual no ocurrió, al contrario pese a ser legalmente notificado no se hizo presente en la audiencia.