SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario “San Pablo” desde el 17 de enero de 2016, circunstancia en la cual, por providencia de 15 de abril del citado año, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, señaló audiencia de cesación de la detención preventiva para el 28 del referido mes y año; sin embargo, la Jueza Tercera de Instrucción en lo Penal -hoy demandada- en suplencia legal de su similar nombrado, suspendió dicha audiencia sin previa instalación de la misma.

Ante esa situación, la Secretaria del Juzgado titular, le comunicó que la referida audiencia fue suspendida indicando “…tenemos otra audiencia con detenido, además (…) la Juez en suplencia legal no quiere llevar esta audiencia…” (sic), por lo que habiendo concurrido al acto judicial mencionado, este se suspendió sin explicación alguna; asimismo, dicha funcionaria también le comunicó que para fijar nuevo día y hora de ese acto procesal, debía volver a solicitar tal extremo mediante memorial.