SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2016-S3

Fecha: 19-Ago-2016

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 122/016 de 13 de abril de 2016, cursante de fs. 144 a 149 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Pese a que la accionante no cumplió con los “insumos” para ingresar a realizar la tarea de interpretación de legalidad ordinaria y valoración de la prueba, de la revisión de los antecedentes y particularmente del acta de audiencia y la Sentencia respectiva, se advierte que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Trinidad del departamento de Beni, respetó el procedimiento que hace al instituto previsto en los arts. 373 y 374 del CPP; es decir, verificó la existencia del acuerdo para optar por esta salida alternativa e “interrogó” a la ahora accionante sobre su participación en la comisión de los delitos de falsedad material y falsedad ideológica, y si renunciaba al juicio público contradictorio, habiendo la misma respondido afirmativamente en presencia de su abogado; y, b) En ningún momento la ahora accionante reclamó acerca de la inexistencia de un estudio grafológico, ni tampoco sobre la exhibición de los objetos secuestrados; sin embargo, ahora reclama a través de la presente acción de defensa como si se tratara de un recurso casacional; consiguientemente, al no ser evidentes las alegaciones de la nombrada no corresponden acogerlas favorablemente.