SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2016-S3

Fecha: 25-Ago-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 26 de abril de 2016, ocurrió un hecho de tránsito provocado por Saúl Diego Díaz Guzmán -conductor del vehículo- que a causa de una mala maniobra ocasionó una “…COLISIÓN CON HERIDOS…” (sic); en consecuencia, su persona resultó herida, motivo por el cual, fue atendida en la Caja “CORDES”; y posteriormente, derivada a la Clínica “Dr. Luis Morales Arnez” de Cochabamba, donde fue intervenida quirúrgicamente siendo operada por fractura de fémur y pelvis; y, se le extendió la alta médica el 1 de mayo del citado año; sin embargo, a la fecha de presentación de la presente acción de defensa “…no fue dada de alta” (sic).

Habiendo presentado dos notas el 10 de mayo de 2016, solicitando la salida de la referida Clínica -aclarando que no pretende evitar el cobro del monto de dinero-, recibió una respuesta oficial verbal el 11 del mismo mes y año, indicando “…no saldrá de la clínica hasta que se realice el pago de la cuenta, más los honorarios médicos, en su totalidad” (sic), provocándole una inestabilidad emocional.