SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2016-S3

Fecha: 26-Ago-2016

a)

Los accionantes a través de su abogado y representante legal ratificaron in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción, y ampliando los mismos, refirieron que: a) Habiendo prestado dentro del caso sus declaraciones informativas, no correspondía en aplicación del art. 224 -se entiende del Código de Procedimiento Penal (CPP)- emitir un mandamiento de aprehensión; b) No se puede hablar de subsidiariedad al existir violaciones que están ligadas directamente con la libertad personal, siendo la acción de libertad el medio efectivo para precautelar el debido proceso; c) Los mandamientos de aprehensión son totalmente ilegales; por cuanto, no se adecuan ni al art. 224 ni al 226 -se entiende del CPP-, puesto que no existió ninguna citación ni resolución de la autoridad fiscal; d) No se les hizo conocer la existencia del arresto, y para posteriormente emitir las ordenes de aprehensión tampoco se constata la existencia de una resolución fundamentada de aprehensión, lo cual es atentatorio al debido proceso, a los principios de legalidad e igualdad, así como al derecho a la defensa; y, e) Por lo referido, solicitan dejar sin efecto los mandamientos de aprehensión y de allanamiento, mismo que tiene el único fin de proceder a su aprehensión, debiendo realizar las investigaciones conforme a procedimiento, ya que la persecución indebida, está poniendo en riesgo la vida de uno de los accionantes, que ha ingresado a una etapa de estrés por lo cual se encuentra internado, vulnerándose además el derecho al trabajo, efectuándose un hostigamiento tanto en sus oficinas como en su domicilio.