SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2016-S3
Fecha: 26-Ago-2016
I.1. Contenido de la demanda
La investigación iniciada en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa, estelionato y abuso de firma en blanco, fue en un primer momento rechazada por Yecid Enriquez Mercado, anterior Fiscal de Materia; sin embargo, ante la objeción realizada a la misma, la Fiscal Departamental de La Paz revocó dicha determinación, disponiendo proseguir con la investigación.
Mientras el cuaderno de investigaciones se encontraba en la Fiscalía Departamental, se procedió a la detención preventiva de Yecid Enriquez Mercado, anterior Fiscal de Materia, debido a una denuncia realizada por Miguel Ángel Pizarroso Rodríguez, quien manifestó que el ex Fiscal, citado supra le habría pedido un vehículo como pago para efectuar su trabajo como Fiscal dentro de la mencionada investigación, razón por la que su oficina a momento de la presentación de la acción de libertad se encontraba en inventario, no recibiéndose memorial alguno.
El 29 de abril de 2016, se procedió a secuestrar un vehículo que supuestamente pertenecía al denunciante, actuación que no contaba con la orden respectiva, y ante el llamado del conductor que fue aprehendido en ese momento, se apersonaron a las oficinas de la Dirección de Investigación y Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) tanto de La Paz como de El Alto, instituciones donde se constató que no existía denuncia alguna por robo, recomendándoseles dirigirse ante Oscar Fernando Guachalla Ferrufino, Fiscal asignado al caso, que justamente es el ahora demandado, aclarándose que todo ese traslado lo realizaron en su propio vehículo, no habiendo estado en ningún momento en calidad de arrestados. Una vez en presencia del Fiscal hoy demandado, su abogado hizo notar que sus personas ya habrían prestado su respectiva declaración, y atendiendo a lo referido por los funcionarios policiales respecto de retirarse del lugar, procedieron a abandonar el mismo.
Posteriormente, se enteraron que habrían arrestado a su abogado por supuestamente ayudarlos a escapar, teniendo conocimiento de que también existirían mandamientos de aprehensión emitidos en su contra, constituyéndose este actuar en una persecución indebida, por cuanto de ser necesaria su presencia bastaba con notificarlos en su domicilio procesal dispuesto para el efecto, denotándose por lo referido el abuso de poder por parte del Fiscal ahora demandado, lo que deriva en la vulneración de las garantías del debido proceso.
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- tal hecho se hubiera dado a conocer al juez cautelar del inicio de la investigación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13