Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0908/2016-S3
Fecha: 26-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denunció que el 29 de abril de 2016, se emitió Resolución que dispuso su detención preventiva como efecto de la revocatoria de medidas sustitutivas previamente resuelta, y que habiendo interpuesto apelación incidental en la misma fecha en el marco del art. 251 del CPP, a momento de interposición de esta acción tutelar, su recurso de apelación no fue remitido ante el Tribunal de alzada, lo cual vulnera sus derechos fundamentales invocados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- III.2. De la dilación en la remisión de la apelación incidental de medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos
- III.3. Análisis del caso concreto
- MP/HUMBERTO QUISPE POMA
- CONFIRMAR