AUTO CONSTITUCIONAL 0211/2016-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0211/2016-CA

Fecha: 08-Sep-2016

se constituye en un acto administrativo con contenido normativo que no afecta inmediatamente a la parte recurrente, más bien requiere de actos administrativos de desarrollo y al no existir un cargo de inconstitucionalidad sobre el mismo,

De ahí que en el caso concreto, la vigencia del Reglamento de Regulación de la Competencia en el marco del DS 29519, se constituye en un acto administrativo con contenido normativo que no afecta inmediatamente a la parte recurrente, más bien requiere de actos administrativos de desarrollo y al no existir un cargo de inconstitucionalidad sobre el mismo, sino que se alega una contraposición entre una ley y un decreto supremo del cual habría emergido una competencia para aprobar el Reglamento impugnado, por lo que, corresponde acudir en este contexto argumentativo al contencioso administrativo, pero de ninguna manera al recurso directo de nulidad…”» (las negrillas nos pertenecen).