AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2016-RCA

Fecha: 01-Sep-2016

Fragmento 5

         Al respecto, la SCP 0202/2012 de 24 de mayo estableció: ‘“Asimismo, la SC 1259/2011-R de 16 de septiembre señala: ‘En conclusión, las acciones tutelares no constituyen vías eficaces para solicitar el cumplimiento de resoluciones dictadas dentro de otras acciones de la misma vía constitucional, como tampoco para corregir su procedimiento o trámite. En todo caso, ante el incumplimiento de las disposiciones contenidas en ellas no es necesario accionar nuevamente la jurisdicción constitucional mediante otro amparo constitucional o acción de libertad; lo que corresponde al accionante es acudir al juez o tribunal que conoció la acción que dio origen a la Sentencia Constitucional…”’  (las negrillas fueron agregadas).