Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0250/2016-RCA
Fecha: 02-Sep-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 443/2016 de 2 de agosto, cursante de fs. 57 a 58, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Álvaro Ronald Herbas Huayllas contra Lineth Guzmán Wilde, Senadora; María Eugenia Pareja Vilar y Rosa Eugenia Doria Medina Rivera, Ex y actual Oficial Mayor, todas de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
- improcedencia
- CONFIRMAR