Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0272/2016-RCA
Fecha: 26-Sep-2016
I.3. Petitorio
Solicita que se conceda tutela, disponiendo la nulidad de la Resolución de Recurso Jerárquico 121/2016, y las Resoluciones 01/2015 y 02/2015, así como el Memorando D.D.E.L.P.-3 0100/2015, disponiendo se la restituya a su fuente laboral como docente en el Centro de Educación Alternativa “Luis Alberto Pabón-C”, más la cancelación de sus sueldos devengados.
- acción de amparo constitucional
- I
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- Fragmento 6
- II.1 Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa