SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

I.2.3. Intervención del tercero interesado

César Vladimir Villarroel Franco, Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, por informe escrito cursante de fs. 30 a 32 vta., señaló allanarse a todos los términos de la demanda tutelar de 22 de febrero de 2016, ya que fueron adecuados a la normativa laboral vigente, en ese sentido, emitió Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/048/16, ordenando a Ligia Teresa Bocangel Novack, en calidad de “representante legal” del “Colegio Metodista Instituto Americano de la Comunidad Educativa Metodista CEMIAC” del mismo departamento, la reincorporación a su fuente laboral, pago de los salarios devengados, “…como si no hubiese dejado de trabajar…” (sic), restituya el seguro a corto y largo plazo, prohibiendo acoso laboral y discriminación en contra del accionante; además, que la impugnación de la misma no suspende la ejecución de tal acto administrativo, que fue notificado legalmente a la institución.