Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2016-S2
Fecha: 12-Sep-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiéndose faccionando la planilla de liquidación de asistencia familiar, dentro del fenecido proceso de divorcio instaurado por su parte, y al no estar de acuerdo con el monto determinado, formuló observación, mereciendo la Resolución 273/2014 de 16 de mayo, mediante la cual, la autoridad jurisdiccional, aprobó la liquidación impugnada.
Contra dicha decisión, planteó recurso de apelación que, siendo conocido por los ahora demandados, fue resuelto mediante Resolución 374/2015 de 30 de noviembre, misma que sin explicar los motivos y razones de la decisión, confirmó el fallo confutado, limitándose a exponer los antecedentes del proceso y sin considerar lo pagos previos efectuados por su persona.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. En cuanto al debido proceso y su configuración
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR