Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2016-S1
Fecha: 08-Sep-2016
II.5.
II.5. Mediante notas de 4 y 9 de mayo de 2016, el peticionante de tutela solicitó nuevamente a la autoridad demandada, dar cumplimiento con el mandamiento de libertad condicional, presentando una certificación acreditando que tenía un proceso abierto en el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Tupiza del departamento de Potosí, en el cual el 25 de octubre de 2011, también se emitió un mandamiento de libertad a su favor (fs. 4 a 5; y, 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16