SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

concedió

El Tribunal Quinto de Sentencia del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 2/2016 de 20 de mayo, cursante de fs. 20 a 21 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que el Juez demandado, resuelva la petición en plazo mínimo y conforme a procedimiento; y, la denegó en lo que respecta a la solicitud de dejar sin efecto el arraigo y la aprehensión; en base al siguiente razonamiento: 1) Según el art. 87 del CPP, el imputado será declarado rebelde cuando no comparezca sin causa justificada a una citación; en el caso, el accionante fue declarado rebelde por el Juez Tercero de Sentencia del departamento de La Paz, por no asistir al juicio ni presentar justificativo y se le aplicaron las medidas dispuestas en el art. 89 del referido cuerpo normativo; sin embargo, sin apersonarse o purgar rebeldía, interpuso incidente de nulidad de la resolución que declaró su rebeldía, aclarando que no debía ser entendido como intención de purgar la rebeldía; entonces, no se ha sometido al mandato del art. 91 del Código adjetivo, pues pidió su aplicación, sólo en la parte que dice que apersonado el rebelde, debe dejarse sin efecto las medidas personales dispuestas para su comparecencia; y, 2) La autoridad demandada, ha incurrido en dilación indebida al no procesar debidamente las salidas médicas solicitadas para que el accionante pueda seguir un tratamiento médico, protegiendo su derecho a la vida y a la salud, las cuales si bien no fueron negadas ni aceptadas, dejó pendiente hasta que la apelación sea resuelta, olvidando que el recurso fue concedido en el efecto devolutivo, por lo que no necesariamente se tendría que esperar su resolución; es más, debió exigir que el solicitante presente los requisitos mencionados en el informe prestado en audiencia.