SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante, en audiencia ratificó inextenso la demanda de acción de libertad presentada, haciendo énfasis en que la autoridad demandada, dictó su rebeldía, de la cual no es su pretensión se determine si fue bien o mal dictada, sino, se tomen en cuenta dos aspectos; el primero, su comparecencia ante la autoridad que lo requirió, ante lo cual correspondía dejar sin efecto las órdenes emergentes de la declaratoria de rebeldía como el arraigo y el apremio, por estar ligados a la libertad; y, segundo, su estado de salud grave, que a criterio de los médicos le quedan doce meses de vida, por lo que no se puede esperar una apelación para tener derecho a vivir.

Ante la interrogante de uno de los Jueces Técnicos sobre si tendría otros procesos pendientes, asintió indicando que igualmente estaba con arraigo, pero que el mismo estaba en proceso de ser levantado; asimismo, respecto a la presentación de los requisitos exigidos para avalar un tratamiento médico general, tales como el tiempo de tratamiento que demandaría su curación, boletos aéreos y el certificado forense, señaló que no, porque al ser formalidades, fueron dejadas de lado, en atención a lo dispuesto por la jurisprudencia constitucional y sobre todo ante la observancia de una amenaza cierta respecto de los derechos mencionados.