SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0887/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso y a la libertad; toda vez que, la autoridad demandada, continúa en conocimiento de la causa, y no remitió antecedentes ante el juez o tribunal de sentencia, conforme lo establece el art. 325.I del CPP modificado por el art. 8 de la Ley 586, pese a que la Fiscal asignada al caso ya efectúo la acusación formal.