SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0898/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratado verbalmente para trabajar como peón en tareas agropecuarias propias y permanentes de la Cooperativa Agropecuaria 1° de Septiembre Bermejo Ltda., para luego a partir de mayo de 2013, recién suscribir contratos temporales para trabajar durante todo el año. No obstante haber sido más de siete contratos escritos de trabajo a plazo fijo, los representantes de dicha Cooperativa nunca le hicieron firmar contratos con plazo indefinido, sino más bien procedieron a despedirle de su fuente de trabajo sin tomar en cuenta la reconducción legal.

En mérito a ello, junto a otros trabajadores, denunció ante la Jefatura Regional de Trabajo de Bermejo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la reincorporación y suscripción de contrato de trabajo por tiempo indefinido, donde se emitió la Conminatoria 007/2016 de 24 de febrero, concediendo el plazo de tres días para que la referida Cooperativa cumpla con la misma; sin embargo, hasta la fecha se negó a reincorporarle a su fuente de trabajo y peor aún se negó a suscribir contrato por tiempo indefinido, incumplimiento de esa manera la mencionada Conminatoria, tal como se evidencia del acta de 16 de marzo de 2016, suscrita por el Inspector de la Jefatura Regional del Trabajo de Bermejo.