Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0904/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
II.1.
II.1. En acta de audiencia de 17 de junio de 2016, se establece que el ahora accionante solicita que dentro de la veinticuatro horas de concluida la audiencia tutelar, ordenen a la autoridad demandada, remita al Tribunal de Alzada el recurso de apelación incidental a efecto de que emitan la resolución de la medida cautelar aplicada (fs.5 a 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- si fijan audiencias de consideración con plazos no razonables, la injustificada suspensión, entre otras circunstancias
- III.2. De la celeridad en la administración de justicia
- III.3. De la a dilación en la remisión del recurso de apelación de resoluciones que rechazan solicitudes de cesación de detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR