SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0923/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0923/2016-S2

Fecha: 26-Sep-2016

concedió

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 07 de 23 de junio de 2016, cursante de fs. 13 vta., a 15, concedió la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Que, inicialmente radicó ante el Juez de El Torno, quien fue recusado, hasta que se resuelva ésta se remitió a competencia de la Jueza de Cotoca, que una vez resuelta la misma se hizo conocer adjuntando fotocopias legalizadas, razón por la cual la Jueza providenció, que se remita al Juzgado de origen el que fue suspendido a consecuencia de la presentación de una complementación y enmienda, solicitando se corrija procedimiento, por lo que advertida de su error la Jueza mediante Auto de 20 de junio de 2016, dispuso que se remita el expediente al Juez de origen por intermedio del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, contradiciendo su primera Resolución, lo que implicaría una dilación en el trámite de la causa; y, ii) Cuando está en discusión un derecho como es la libertad, el accionar de las autoridades judiciales debe ser rápida, dándose prioridad a esta clase de solicitudes, que en el caso en análisis la Jueza, no observó estos preceptos en la devolución del expediente al Juzgado de origen, bajo el pretexto de no contar con funcionarios, que este accionar no condice con los parámetros de la justicia, pronta, oportuna y sin dilaciones procesales, por lo que los presupuestos se acomodan al art. 125 de la CPE.