SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2016-S3
Fecha: 22-Sep-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado, el cual, se encuentra en instancia de casación, habiéndose dispuesto que cumpla medidas sustitutivas, el Ministerio Público solicitó la revocatoria de las mismas, tras haber tomado conocimiento de la apertura de otro proceso penal en contra suya, por lo que las autoridades judiciales ahora demandadas revocaron las medidas sustitutivas impuestas y ordenaron su detención preventiva.
Mejorado su situación procesal tras haberse ejecutoriado la Sentencia absolutoria dispuesta dentro del segundo proceso penal seguido en su contra, el 12 de mayo de 2016, presentó solicitud de cesación de la detención preventiva con la finalidad de mantener la medida sustitutiva impuesta con anterioridad; sin embargo, su petición no fue considerada, constando un informe de la Auxiliar del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Potosí, que refiere que su memorial ingresó a despacho recién el 30 de igual mes y año, por encontrarse el expediente en el Tribunal Supremo de Justicia, sin que las autoridades judiciales ahora demandadas se hayan pronunciado hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, encontrándose ilegalmente detenida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- 4.-
- Planteada la solicitud, en el caso de los Numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días.
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Conforme la doctrina constitucional sentada por este Tribunal, por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR