Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2016-S3
Fecha: 23-Sep-2016
II.3.
II.3. Mediante decreto de 8 de junio de 2016, Cinthya Blanca Delgadillo Aramayo, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera -ahora demandada- en suplencia legal de su similar Segundo, señaló audiencia de aplicación de medidas cautelares para el 9 de igual mes y año a horas 15:50 (fs. 14), dicho actuado procesal fue notificado al abogado del accionante en la citada fecha a horas 10:35 (fs. 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- señaló audiencia de aplicación de medida cautelar para el 9 del citado mes y año a horas 15:50
- Fragmento 12
- CONFIRMAR