Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2017-RCA
Fecha: 04-Ene-2017
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 5 de diciembre de 2016, cursante de fs. 270 a 274 vta., pronunciada por la Jueza Pública de Familia Cuarta del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR