Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2017-RCA
Fecha: 04-Ene-2017
I.5. Síntesis de la impugnación
Manifestó que el art. 16 del CPCo, no establece recurso alguno para el caso de la emisión de las resoluciones que resuelvan los recursos de quejas dentro de una acción constitucional, por lo que al no estar previsto por la Norma Suprema ni por el Código Procesal Constitucional la interposición de recurso ulteriores contra dichas resoluciones, no correspondía que la Jueza de garantías declare la improcedencia de la acción de amparo constitucional al no concurrir el principio de subsidiariedad, ya que contra el Auto de 4 de mayo de 2016, la ley no prevé recurso ulterior alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- un eventual incumplimiento de una Sentencia Constitucional emitida dentro de una acción tutelar (de amparo o habeas corpus), no puede resolverse a través de la interposición de otro recurso constitucional
- en los casos de
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR