AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2017-CA
Fecha: 13-Ene-2017
el proceso disciplinario se sustanciará con carácter de Reserva
De acuerdo a los datos de la demanda el accionante solicitó se promueva la presente acción dentro del proceso disciplinario iniciado en su contra en el cual la Comisión de Ética de la Cámara de Diputados habría interpretado las disposiciones legales ahora impugnadas, “…determinando que ‘el proceso disciplinario se sustanciará con carácter de Reserva’, conforme consta de la Resolución N° 002/2016-2017 de fecha 3 de mayo de 2016, por la cual se admite la denuncia” (sic) (fs. 105 vta.), y señalando además que: “…el proceso desde que se inició el 30 de mayo de 2016, ha sido puesto en reserva en su tramitación..” (fs. 106); en tal sentido, en el caso de examen resulta evidente que el accionante el 9 de diciembre de 2016, interpone la presente acción impugnando normas que ya fueron aplicadas en la mencionada Resolución, por la cual la Comisión de Ética determinó la reserva del proceso seguido en su contra.
Asimismo, es preciso considerar que las normas impugnadas tienen carácter facultativo; dado que, de acuerdo a lo previsto por la última parte del art. 88 del Reglamento General de la Cámara de Diputados “En el caso de denuncias contra las diputadas y diputados, ellas serán tratadas necesariamente en Sesión reservada, salvo que los denunciados solicitaran lo contrario”; es decir, que el accionante en cualquier momento tiene la posibilidad de solicitar se levante la calificación de reserva asumida, partiendo de ello se tiene que el accionante no fundamentó claramente la manera en la cual dichas normas se aplicarían necesariamente en la resolución final del proceso ni como la misma dependería de su declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos impugnados. De manera que no existe una vinculación necesaria entre la validez constitucional de los artículos impugnados, con la decisión que pueda emitirse; toda vez que, además ya fueron empleados los preceptos legales cuestionados, circunstancias que impiden la admisión de la presente acción.