Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2017-CA
Fecha: 13-Ene-2017
podrá ser presentada
De igual forma el art. 81.I del CPCo, determina que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de le Ejecutoria de la Sentencia” (las negrillas nos corresponden).