Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0022/2017-CA
Fecha: 20-Ene-2017
rechazar
Por Resolución 259/16 Bis de 14 de noviembre de 2016, cursante de fs. 45 a 46 vta., el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz, resolvió rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) No identificó contra quien se encuentra dirigida la presente acción; y, b) Observa la carencia de una debida fundamentación jurídico- constitucional en cuanto a la relación de los hechos en los que funda la acción; toda vez que, no expuso de forma clara, concreta y detallada de qué forma se vulneran los preceptos constitucionales invocados, limitándose a transcribir los mismos.
- Juez Disciplinario Primero de la Oficina departamental del Consejo de la Magistratura de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- RATIFICAR