Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0275/2017-CA
Fecha: 04-Oct-2017
la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
En cuanto a los requisitos que se deben observar en este tipo de acciones, el art. 24.I.4 del citado Código, determina que: “En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado (el resaltado es nuestro).
- Juez Público Civil y Comercial Vigesimocuarto del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR